Promoción válida para las compras de millas desde el 23 al 24 de Junio de 2022 en latam.com
Durante el periodo de compra de esta venta especial, el precio en promoción será de 1,28 centavos de dólar por cada Milla LATAM Pass, es decir, 60% de descuento sobre el precio de compra regular.
El precio de compra regular es de 3,2 centavos de dólar por cada Milla LATAM Pass.
Aplica únicamente para socios LATAM Pass, que tengan país de residencia Colombia, que tengan 30 días de antigüedad desde la activación de su cuenta.
Para compra de Millas aplica el derecho de Retracto establecido en la Ley 1480 de 2011, para más información consulta las condiciones del programa LATAM Pass
La compra de Millas LATAM Pass no es garantía de la disponibilidad de algún tiquete.
El número de Millas LATAM Pass que compre no puede ser inferior a 1.000 Millas LATAM Pass.
La cantidad máxima de Millas LATAM Pass que se puede comprar conforme reglamento LATAM Pass es de 250.000 Millas LATAM Pass en un periodo de un año.
Las Millas LATAM Pass compradas no serán consideradas para clasificar en las distintas categorías de socios LATAM Pass.
Una vez el socio compre Millas LATAM Pass podrá realizar una nueva compra de Millas LATAM Pass a las 24 horas siguientes.
La compra de Millas LATAM Pass no extiende la vigencia de Millas LATAM Pass acumuladas anteriormente, si quiere conocer el vencimiento de sus Millas LATAM Pass ingrese a su cuenta de socio en LATAM.com.
LATAM Airlines Group S.A. es el exclusivo responsable por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del programa LATAM Pass, consulte los términos y condiciones en su sitio web https://www.latam.com/es_co/latam-pass/sobre-el-programa/terminos-y-condiciones/.En LATAM estamos comprometidos con el turismo sostenible, para esto implementamos el Sistema de Gestión para la Sostenibilidad (NTS-TS 003), consulta en latam.com. Así mismo informamos que está prohibida la explotación, pornografía y demás formas de abuso sexual de menores; conductas que se sancionan penal y administrativamente, leyes 679 de 2001 y 1336 de 2009, así como los delitos contra los recursos naturales, Título XI del Código Penal y Ley 1333 de 2009, y la utilización ilícita, explotación ilegal, daño, destrucción, hurto o receptación de bienes de interés cultural, ley 397 de 1997.